sábado, 15 de junio del 2024
 
Por Raymundo Jiménez
Columna: Al pie de la letra
Nemi: caso aberrante
2019-03-13 | 07:57:04

Aunque Juan Antonio Nemi Dib, exsecretario de Salud, ha dicho que no les guarda rencor a quienes durante más de un año lo mantuvieron recluido por los presuntos delitos de “abuso de autoridad” e “incumplimiento de un deber legal” de los que acaba de ser absuelto, su caso, empero, ha puesto en evidencia el uso político que en el régimen anterior se le dio a la Fiscalía General y al Poder Judicial del Estado en la persecución selectiva de algunos exfuncionarios duartistas que por intereses de grupo o de partido fueron sujetos a procesos penales irregulares.


El caso de Nemi, particularmente, ha dejado malparados al fiscal general Jorge Winckler y a la abogada Alma Aleida Sosa como Juez de Control  del Décimo Primer Distrito Judicial del Estado, con sede en Pacho Viejo, Veracruz.


Así lo evidencia el juicio de amparo 47/2018 resuelto desde el 18 de julio pasado por el Juez Décimo Octavo de Distrito en el Estado, José Ezequiel Santos Álvarez, quien consideró fundadas las argumentaciones de la defensa del exsecretario de Salud al cual se le pretendió responsabilizar por la construcción irregular y dispendiosa del Hospital de Alta Especialidad Infantil (Torre Pediátrica) que dejó inconclusa la administración del exgobernador Javier Duarte.


De acuerdo con la resolución del Juez de Distrito, “los argumentos expuestos por la Juez de Control resultan dogmáticos, dado que no realizó el ejercicio de ponderación del porqué de los datos de prueba se evidenció el hecho que la ley señala como el delito de ‘Abuso de Autoridad’ y que existió la posibilidad de que el imputado lo cometió o participó en su comisión”.


Ello es así, continuaba, “ya que la Juez responsable no señaló cómo es que de los datos de pruebas expuestos por la Fiscalía se demuestra que el imputado indebidamente otorgó o realizó la obra pública denominada Torre Pediátrica”.


Además, el Juez federal observó que al imputar que Nemi “fue la persona que ordenó la obra pública” en su carácter de Secretario de Salud, “la Juez responsable introdujo un elemento distinto al previsto por el numeral 318, fracción IV del Código Penal del Estado de Veracruz, toda vez que ‘Otorgar’ y ‘Ordenar’ son verbos rectores que describen distintas acciones y que integran distintos ilícitos”.


Pero lo más absurdo fue que la Juez Sosa Jiménez no explicó cómo es que concluyó que Nemi otorgó dicho contrato para continuar las obras de la Torre Pediátrica, pues el Juez de Distrito señaló que el citado dictamen técnico fue el resultado de lo ordenado mediante el oficio SESCER/DGE/DAM/SAH/0477//2013, emitido el 28 de febrero de 2013, “del cual refiere la Juez se desprende que los cambios realizados a la obra pública, fueron por instrucciones del Gobernador del Estado a través del Secretario de Salud”.


Sin embargo, en la fecha en que fue emitido tal oficio, Nemi no tenía aún el cargo de secretario de Salud, cuyo nombramiento se dio hasta el 7 de marzo de 2013.



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