domingo, 05 de mayo del 2024
 
Por Arturo Busto Herrejón
Columna: Consejos de peso
Mi familiar falleció ¿Cómo saber qué cuentas o seguros tenía?
2019-11-15 | 07:25:48

Cuando un familiar fallece evidentemente lo último que pasa por nuestra cabeza es pensar si dejó cuentas o seguros en donde podríamos estar de beneficiarios (por lo menos en el corto plazo). La gran mayoría de las personas no tiene en orden sus documentos y mucho menos un catálogo de cuentas y seguros que le faciliten a los que se quedan a rastrear lo poco o mucho que tenía.


Hace algunos meses les expliqué la importancia de tener orden y control en nuestras finanzas a través de un catálogo de cuentas de inversión, ahorro, afore, crédito y seguros en caso de tenerlos. Esa relación debe incluir la institución financiera, número de cuenta, cliente, teléfonos de emergencia, teléfono de su asesor, contraseñas, NIPs y guárdela en un lugar seguro. (https://medium.com/@abusto/orden-y-control-en-sus-finanzas-bb8fdb0913c0) Obviamente este es el escenario ideal, pero ¿qué pasa si la persona que falleció no hizo este ejercicio?


Hay muchas personas que contratan seguros de vida o bien tienen cuentas que no le informan a nadie la existencia de las mismas. Sería el colmo que, si un familiar hizo un esfuerzo para darlea los suyos protección vía un seguro o bien alguna inversión, este recurso no llegara a quienes quería proteger. Aquí la recomendación básica es que si contratas alguno de estos productos financieros le avises a los beneficiarios o dejes establecido en algún documento la existencia de esto de tal manera que puedan reclamar los mismos.


Ahora bien, en caso de fallecimiento de un familiar y tienes duda de si eres beneficiario de alguna cuenta de banco o un seguro de vida, existe una manera de averiguarlo.  La Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef) es responsable del Sistema de Información de Consulta de Beneficiarios de Cuentas de Depósito, así como del Sistema de Información sobre Asegurados y Beneficiarios de Seguros de Vida (SIAB VIDA). Ambos sistemas investigan y verifican la presunción de que puede existir un beneficiario de alguna cuenta o seguro a las instituciones bancarias afiliadas a las Asociación de Bancos de México (respuesta de hasta 60 días), así como a las 42 aseguradoras que operan en México (respuesta de hasta 30 días) respectivamente.


Para realizar el trámite es necesario acudir a la subdelegación de la Condusef más cercana a su domicilio y es necesario presentar la siguiente documentación:



  •  Solicitud en donde se manifieste el interés jurídico (la relación que tenías con el fallecido)

  •  Una copia del acta de defunción del fallecido (no mayor de 5 años respecto a la fecha de la solicitud)

  •  Una identificación oficial vigente (INE, pasaporte)


Si hay una respuesta positiva de parte de alguno de los Sistemas de Información entonces deberás acudir a la Unidad Especializada de Atención a Usuarios de la institución en donde se encontró que eres beneficiario y deberás presentar lo siguiente:



  •  Copia del acta de defunción.

  •  Copia de una identificación oficial vigente (INE, pasaporte certificado de matrícula consular).

  •  Acta de nacimiento cuando se trate de menores de edad, representados por los padres en ejercicio de la patria potestad.

  •  Carta Poder, cuando el trámite se realice a través de apoderado.

  •  Solicitud que corresponda debidamente llenada.


 En el caso de seguros de vida deberás adjuntar:



  •  Sólo en caso de muerte accidental, debe presentarse copia certificada de las actuaciones del Ministerio Público.

  •  Para efectos fiscales y exención del pago del impuesto correspondiente, es importante presentar un documento que acredite el parentesco con el asegurado.


De acuerdo con información de la Condusef, a marzo de 2018 existían al menos 10 mil pólizas de seguros dotales (son seguros de ahorro con un plazo definido) que ya habían concluido su vigencia pero que no habían sido reclamados por parte de los beneficiarios.


En caso de no ser reclamado o con algún movimiento durante seis años, los recursos que queden pasan a la beneficencia pública. Insisto, si tu familiar hizo un esfuerzo por dejarles algo, lo peor que podrías hacer es dejar que ese dinero se vaya. Si aún estas a tiempo y tienes duda, lo mejor es preguntar.


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abusto@hotmail.com


*El Autor es economista, politólogo y MBA del ITAM, especialista en finanzas personales



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