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90% de feminicidios son en el núcleo familiar
Redacción | 2016-07-30 | Agencias
En el Estado de México desde el primero de mayo de 2015 todo asesinato doloso de mujeres y niñas es investigado con perspectiva de género.

Dilcya Samantha García Espinoza de los Monteros, subprocuradora para la Atención de Delitos Vinculados a la Violencia de Género de la Procuraduría General de Justicia del Estado de México, reconoce el impacto que causó el crimen de Mariana Lima, una pasante en derecho, quien en junio de 2010 fue asesinada de manera violenta, lo que marcó un parteaguas en la administración y procuración de justicia.

Asegura que definitivamente es un asunto que realmente está haciendo historia dentro de la procuración de justicia con perspectiva de género.

En los cinco años recientes, el gobierno mexiquense, a contracorriente, construyó instrumentos legales y técnicas científicas en materia de procuración de justicia e investigación de muertes violentas de mujeres.

Crean leyes

La administración estatal encabezada por Eruviel Ávila publicó el 30 de abril de 2015 los Lineamientos generales para la investigación de la privación violenta de la vida de una mujer. Ahí se establece que todo homicidio doloso de mujeres debe ser investigado con perspectiva de género.

Es responsabilidad del Ministerio Público, agentes ministeriales, peritos en criminalística y médicos legistas aportar elementos de prueba que lleven a un juez a concluir la existencia del tipo penal de feminicidio.

“El feminicidio es cuando existe, efectivamente, la muerte violenta de una mujer a manos de un tercero y que dentro del contexto de su asesinato haya habido una situación de rol sexual; es decir, que la víctima haya perdido violentamente la vida a manos de un tercero por el hecho de ser mujer”, explica García Espinoza.

Agrega que en el pasado quinquenio el gobierno estatal trabajó en la construcción de infraestructura y especialización de personal, preparado para la investigación de muertes violentas de mujeres; el resto es concluir cuál de estos homicidios fue cometido por situación de género, plantea la funcionaria.

La fiscal reconoce que no es fácil que un homicidio doloso de una mujer llegue a una sentencia por feminicidio. “Hay veces que logramos acreditar la existencia de feminicido, y hay veces que el juez determina que no”, comenta.

Camino tortuoso, pero necesario

Encontrar elementos de prueba y materiales contundentes, que se puedan evidenciar incluso de forma científica, es el reto de cada día y es el camino que deben seguir las investigaciones sobre mujeres asesinadas en el estado de México.

La subprocuradora detalla que, de acuerdo a los protocolos y lineamientos en la materia, el tipo penal de feminicidio se determina cuando: haya habido violencia sexual antes o después de la muerte; el cuerpo se encuentre expuesto en la vía pública, a pesar de que no haya habido ningún tipo de parentesco o de relación entre la víctima y el victimario.

“Otros elementos son que exista algún tipo de mutilación infamante en el cuerpo de la víctima. Algún tipo de desmembramiento o mutilación en los órganos sexuales. Que exista una relación de pareja pasada o presente en el momento del hecho delictivo, entre otros elementos”, agrega.

Explica que como parte del protocolo a seguir, dentro del levantamiento del cuerpo se buscan “huellas hemáticas y espermáticas alrededor; objetos de un probable agresor en la escena de la comisión del delito.

“En servicios periciales, a la víctima no se le hacen sólo los peritajes de rutina, sino también exámenes ginecológico y proctológico; se busca saliva del probable agresor, así como más formas de agresión”, abunda la funcionaria.

“No tienen que darse evidentemente todos los supuestos para que pueda haber feminicidio; con uno que dé cumplimiento al contexto, con eso es suficiente para que solicitemos al Poder Judicial una imputación por este delito”, aclara.

Cifras

Dilcya García refiere que entre 2011 y 2016 la PGJEM inició 291 carpetas de investigación por posible feminicidio. De éstas, 126 casos aún están “en trámite”, es decir, sujetos a investigación.

En tanto, 158 están “judicializadas”, esto es que se contó con elementos necesarios para solicitar órdenes de aprehensión o autos de vinculación a proceso. De las 158 carpetas judicializadas, en 74 casos hubo sentencias condenatorias. Estos casos quedaron firmes como feminicidios.

La subprocuradora precisa que en el estado de México 50 por ciento de las víctimas de feminicidio tenían edades de entre 20 y 25 años, y que 90 por ciento de los crímenes se cometieron dentro de los espacios privados (el hogar, principalmente) y fueron realizados por una pareja, ex pareja o por alguien del núcleo familiar cercano: “Las mujeres mueren dentro de su casa y por conocidos”. La penalidad para quienes cometen feminicidio en la entidad es de 40 a 70 años de cárcel y prisión vitalicia.




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